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Éxodo 22

Leyes sobre la restitución

1Si alguno roba un buey o una oveja, y lo mata o vende, pagará cinco bueyes por el buey y cuatro ovejas por la oveja.
2Si el ladrón es sorprendido forzando una casa, y es herido y muere, no habrá culpabilidad de sangre;
3pero si ya ha salido el sol, habrá culpabilidad de sangre. Ciertamente, el ladrón debe hacer restitución; si no tiene con qué, entonces será vendido por el valor de su robo.
4Si lo que robó, sea buey o asno u oveja, es hallado vivo en su posesión, pagará el doble.
5Si alguno deja que un campo o viña sea pastado totalmente, y deja suelto su animal para que paste en campo ajeno, hará restitución con lo mejor de su campo y con lo mejor de su viña.
6Si estalla un incendio y se extiende a los espinos, de modo que las mieses, amontonadas o en pie, o el campo mismo se consuman, el que encendió el fuego ciertamente hará restitución.
7Si alguno da a su vecino dinero o cosas a guardar, y son hurtados de la casa de éste, el ladrón, si es hallado, pagará el doble.
8Si no es hallado el ladrón, entonces el dueño de la casa se presentará ante los jueces, para determinar si él metió la mano en la propiedad de su vecino.
9En toda clase de fraude, ya se trate de buey, de asno, de oveja, de ropa, o de cualquier cosa perdida, de la cual se pueda decir: "Esto es", la causa de ambos se llevará ante los jueces; y aquel a quien los jueces declaren culpable pagará el doble a su vecino.
10Si alguno da a su vecino un asno, un buey, una oveja, o cualquier otro animal para ser guardado, y muere o sufre daño, o es robado sin que nadie lo vea,
11los dos harán juramento delante del SEÑOR de que no metieron la mano en la propiedad de su vecino, y el dueño lo aceptará, y el otro no hará restitución.
12Pero si en verdad el animal le ha sido robado, hará restitución a su dueño.
13Si ha sido despedazado, que lo traiga como prueba; no hará restitución por lo que ha sido despedazado.
14Si alguno pide prestado un animal a su vecino, y el animal sufre daño o muere en ausencia de su dueño, hará completa restitución.
15Si el dueño está presente, no hará restitución; si es alquilado, solamente pagará el alquiler.

Leyes humanitarias

16Si alguno seduce a una doncella que no esté desposada, y se acuesta con ella, deberá pagar una dote por ella para que sea su mujer.
17Y si el padre rehúsa dársela, él pagará una cantidad igual a la dote de las vírgenes.
18No dejarás con vida a la hechicera.
19A cualquiera que se eche con un animal, ciertamente se le dará muerte.
20El que ofrezca sacrificio a otro dios, que no sea el SEÑOR, será destruido por completo.
21Al extranjero no maltratarás ni oprimirás, porque extranjeros fuisteis vosotros en la tierra de Egipto.
22A la viuda y al huérfano no afligiréis.
23Si lo afliges y él clama a mí, ciertamente yo escucharé su clamor,
24y se encenderá mi ira y os mataré a espada, y vuestras mujeres quedarán viudas y vuestros hijos huérfanos.
25Si prestas dinero a mi pueblo, a los pobres entre vosotros, no serás usurero con él; no le cobrarás interés.
26Si tomas en prenda el manto de tu prójimo, se lo devolverás antes de ponerse el sol,
27porque es su único abrigo; es el vestido para su cuerpo. ¿En qué otra cosa dormirá? Y será que cuando él clame a mí, yo le oiré, porque soy clemente.
28No maldecirás a Dios, ni maldecirás al príncipe de tu pueblo.
29No demorarás la ofrenda de tu cosecha ni de tu vendimia. Me darás el primogénito de tus hijos.
30Lo mismo harás con tus bueyes y con tus ovejas. Siete días estará con su madre, y al octavo día me lo darás.
31Y seréis para mí hombres santos. No comeréis carne despedazada por las fieras en el campo; a los perros la echaréis.

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